Venezuela podrá impugnar medidas restrictivas impuestas por la Unión Europea en su contra

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) dictaminó este martes que Venezuela está legitimada para impugnar las medidas unilaterales y restrictivas impuestas en su contra por el bloque viejo continental.

De esta manera, el máximo tribunal europeo anula la sentencia del Tribunal General en la que se declaraba inadmisible un recurso interpuesto por Venezuela, cuando solicitó la anulación de las sanciones ilegales argumentando que “resultaba afectada por sus disposiciones”.

El caso

Posterior a las guarimbas violentas, lideradas por la extrema derecha venezolana, el Consejo de la Unión Europea adoptó en 2017 medidas restrictivas contra Venezuela. Los artículos 2, 3, 6 y 7 del Reglamento 2017/2063 1 establecían, en particular, la prohibición de vender o suministrar a cualquier persona física o jurídica; asimismo entidad u organismo en Venezuela equipos, servicios y tecnologías.

Entonces, el 6 de febrero de 2018, Venezuela interpuso un recurso de anulación en la medida en que resulta afectada por sus disposiciones.

Posteriormente, adaptó su demanda para que tuviera también por objeto la decisión 2018/1656 y el Reglamento de Ejecución 2018/1653, 2 actos mediante los que el Consejo había prorrogado las medidas restrictivas adoptadas, de acuerdo a lo establecido por el comunicado expreso de este 22 de junio. Mediante sentencia de 20 de septiembre de 2019, el Tribunal General declaró la inadmisibilidad de dicho recurso; por considerar que las disposiciones controvertidas no afectaban directamente la situación jurídica de Venezuela, pero la realidad era todo lo contrario.

Incurrió en error

El Tribunal de Justicia europeo declaró que el Tribunal General incurrió en error de Derecho al considerar que las medidas restrictivas en cuestión no surtían efectos directamente en la situación jurídica de Venezuela. A este respecto, señala que dichas medidas fueron adoptadas contra Venezuela. En efecto, prohibir a los operadores de la Unión llevar a cabo determinadas operaciones equivalía a prohibir a Venezuela efectuar tales operaciones con esos operadores; señala la corte judicial.

El TUE también considera que las sanciones contra el país bolivariano pueden “perjudicar” sus intereses, “especialmente los económicos“; y que “su anulación puede procurarle, por sí misma, un beneficio”.

Venezuela legitimada para impugnar

El Tribunal de Justicia concluye que Venezuela está efectivamente legitimado para impugnar dichas medidas sobre la base de la citada disposición; sin tener que demostrar que dichos artículos lo afectan individualmente.

 


 

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