TSJ ordena confiscar activos de Directv e inmediata restitución del servicio

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Este viernes, la abogada y constituyente venezolana María Alejandra Díaz, desde la inmediaciones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, compartió la sentencia de la Sala Constitucional del máximo tribunal de la República en el caso Directv.

La sentencia ordena la continuación inmediata del servicio de televisión por suscripción e instruye a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), la toma de posesión inmediata de todos los bienes muebles e inmuebles destinados a la prestación del servicio.

“Es un abuso lo que han hecho contra millones de venezolanos, pero hoy se está haciendo justicia, el poder popular organizado logró esta sentencia que protege sus derechos a la libertad de expresión, a la comunicación y la pluralidad de ideas”, expresó la jurista.

La Sala Constitucional se declaró competente para conocer la acción de amparo por derechos colectivos y difusos con medida cautelar contra Directv Venezuela (Galaxy Entertainment Venezuela), que fue introducida el día 20 de mayo por representantes del comité de usuarios ante la intempestiva decisión de esta empresa de cesar sus servicios en Venezuela, alegando la imposibilidad de cumplir con las medidas coercitivas unilaterales (sanciones) estadounidenses y la ley nacional.

Junta Administradora y los trabajadores de la empresa

La sentencia ordena la creación de una junta administradora ad hoc que debe velar por la restitución del servicio a los millones de venezolanos que han contratado con la empresa, a la vez que debe garantizar los derechos laborales de los trabajadores de la misma.

Prohibición de salida del país de los miembros de la junta directiva de Directv

La Sala también ordena la prohibición de salida del país de los miembros de la Junta Directiva de la empresa Galaxy Entertainment Venezuela, asimismo el congelamiento de cuentas bancarias y activos, y la prohibición de enajenar y gravar bienes en el territorio nacional.

Servicios pagados y no prestados

Se consideró también en el amparo, el creciente número de usuarios denunciando el cobro del servicio, incluso después del comunicado público de la empresa. Al respecto, se ordena a la junta administradora atender la situación de cobranza y se ordena la participación de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) para hacer velar los derechos de los usuarios.

Medida Cautelar extensiva a otras operadoras

Finalmente, otro de los puntos a destacar de la medida cautelar acordada por la Sala Constitucional es la posibilidad de hacerse extensiva a otras operadoras de televisión por suscripción, que actuando de manera intempestiva pretendan suspender a sus usuarias y usuarios de los servicios contratados.

 


 

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