Inconstitucional: Bukele oficializó su candidatura presidencial

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Una vez más, el presidente de El Salvador, Nayib Bukele está en el centro de la polémica; pero esta vez no por el estricto estado de excepción que promueve, sino por violar la Constitución al oficializar su reelección.

A pesar de que la Constitución del país sudamericano prohíbe expresamente la reelección, el partido oficialista Nuevas Ideas confirmó que Bukele, volverá a presentarse en las elecciones generales del próximo año; esto luego que los magistrados emitieron una resolución que habilita a Bukele para presentarse.

“Finalizando el día, comunicamos al pueblo salvadoreño que el presidente Nayib Bukele y el vicepresidente, Félix Ulloa ya están inscritos como precandidatos. Las Nuevas Ideas son invencibles”, anunció la organización política en la red social Twitter.

Sin embargo, es importante destacar que Bukele y Ulloa deben participar primero en las elecciones internas el próximo 9 de julio; donde también se elegirán a los candidatos a diputados del Parlamento Centroamericano y de la Asamblea Legislativa, y a consejeros municipales.

Resolución 

Vale resaltar que en septiembre de 2021, 5 magistrados de la Sala de lo Constitucional emitieron una sorpresiva resolución que permite la reelección, con el argumento de que solamente “el pueblo” tiene la potestad de decidir si quiere o no que el presidente continúe en su cargo.

Además, los magistrados aclararon que el único requisito que debe cumplir Bukele es renunciar a la presidencia 5 meses antes de las elecciones, es decir, que tendría que dejar el cargo en septiembre próximo, pero eso no está claro.

Según argumentaron los magistrados, la reelección se prohibió constitucionalmente por requerimientos de hace décadas que no sirven en el contexto actual. “Hay quienes todavía se resisten al cambio del soberano y se niegan a escuchar la voluntad del pueblo”, señalaron.

Reelección

Es importante señalar que la reelección está expresamente vedada en 4 artículos de la Constitución, que establecen que no pueden ser candidatos a la presidencia quienes hayan ocupado ese cargo por más de 6 meses, consecutivos o no; ni durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos 6 meses anteriores al inicio del período presidencial.

Además, la Constitución también sanciona a quienes promuevan la alteración de este orden institucional. “Pierden los derechos de ciudadano los que suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República”, señala el artículo 75 de la Carta Magna.

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