El próximo 6 de diciembre de 2020 todos los venezolanos inscritos en el Registro Electoral están convocados a las urnas para estas elecciones donde se elegirán 277 representantes ante la Asamblea Nacional (AN) de Venezuela, para el período 2021-2026.
Con el argumento de lograr un equilibrio y ponderación recíproca en el sistema electoral entre el voto lista y el voto nominal en el venidero proceso, el ente rector del Poder Electoral aprobó por unanimidad, el pasado 01 julio, las Normas Especiales para las Elecciones Parlamentarias período 2021-2026; desarrollando una fórmula en la que se incrementa en un 66 por ciento el número de cargos a elegir a la Asamblea Nacional, pasando de 167 a 277 diputados y diputadas.
En este sentido, la representación ante la Asamblea Nacional reflejará un 52% para la votación proporcional, representada en 144 votos lista; y un 48% para el sistema nominal, para un total de 133 votos nominales. Así, se elegirán 110 diputados más con respecto a las pasadas elecciones parlamentarias.
De esta manera serán 130 cargos a elegir mediante voto nominal más los 3 votos indígenas (133 votos nominales) y mediante el voto lista 144 cargos, conformados por 96 cargos en lista regional y 48 cargos mediante una lista de adjudicación nacional, «siendo esta una innovación en nuestro sistema electoral que fortalece la proporcionalidad y el pluralismo político» como indicó la máxima autoridad del CNE, Indira Alfonzo, en el comunicado de fecha 30 de junio.
La adecuación del número de curules o escaños obedece al incremento de la base demográfica en el país, y a algunas de las peticiones de la oposición para aumentar la representación proporcional de las minorías, entre otros acuerdos tomados por consenso en la Mesa de Diálogo Nacional que se estableció a partir de 2019.
Así, para las venideros comicios 2021-2026 se amplía considerablemente la participación de las organizaciones políticas, contando con 28 organizaciones nacionales, 6 de pueblos y comunidades indígenas y 52 partidos regionales, para un total de 86 organizaciones con fines políticos activadas legalmente y habilitadas.
Las tres circunscripciones electorales regionales especiales que agrupan estados en los que hay población indígena son las siguientes:
- Occidente: con los estados Zulia, Mérida y Trujillo.
- Sur: que agrupa a Amazonas y Apure.
- Oriente: constituida por los estados Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Anzoátegui y Sucre.
En cada una de estas circunscripciones se elige un representante, para un total de tres (3) diputados indígenas a la Asamblea Nacional, tal como establece la Constitución Bolivariana.
Asimismo, en las normas aprobadas se conservan las 87 circunscripciones electorales aplicadas en las pasadas elecciones para la Asamblea Nacional del año 2015.
Las Normas Especiales para las Elecciones a la Asamblea Nacional período 2021 – 2026 en su Artículo 4 manifiesta cómo será la composición de escaños de la Asamblea Nacional. «De conformidad con el artículo 186 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, singularmente, con base en la doctrina constitucional de la Sentencia Nro. 068, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la Asamblea Nacional quedará integrada de la siguiente forma:
a) Por diputados y diputadas nominales, elegidos en cada entidad federal, según una base poblacional del 1,1 % de la población total del país.
b) Por diputados y diputadas elegidos mediante listas en cada entidad federal, según una base poblacional del 1,1% de la población total del país.
c) Por el número resultante de la sumatoria de 3 diputados o diputadas por cada entidad federal; y
d) Por 3 diputados o diputadas representantes indígenas, según el método y procedimientos especiales previstos en el Reglamento especial que se dicte al efecto».
En ningún caso la lista regional podrá ser menor de tres (3) diputados, independientemente de la base poblacional de la entidad federal correspondiente.
En los casos en que en una entidad federal, sea necesario añadir uno (1) o dos (2) cargos para conformar la lista de tres (3), se añadirán igual número de cargos a elegir por la vía nominal.
Además, queda establecido que ningún supuesto el número de cargos a elegir mediante lista en cada entidad federal, será mayor que el número de cargos a elegir por la vía nominal.
En consecuencia, el número y distribución de cargos por cada entidad federal, así como el número de puestos a elegir en la Lista de Adjudicación Nacional, quedará de la siguiente forma:
A la fecha, la población venezolana está determinada en 32.778.056 habitantes y la conformación de escaños para la AN tendrá una base o índice poblacional del 1,1% de este total (IP: 360.559).
Cronograma electoral
Para asegurar la realización de las fases del proceso electoral bajo condiciones óptimas de protección y seguridad sanitaria, el Poder Electoral dictará todas las medidas extraordinarias necesarias para prevenir el contagio de la covid-19.
- Jornada especial de Registro Electoral: Del lunes 13 de julio al domingo 26 de julio.
- Selección de los integrantes de los organismos electorales subalternos: Jueves 23 de julio.
- Presentación de postulaciones: Del lunes 10 de agosto al miércoles 19 de agosto.
- Harán 15 auditorías. Estas darán garantía “un proceso transparente y confiable” para que las venezolanas y los venezolanos ejerzan su soberanía. Estas tendrán un lapso desde el viernes 14 de agosto hasta el jueves 21 de enero del 2021.
- Simulacro electoral: domingo 11 de octubre.
- Feria Electoral: lunes 2 de noviembre al lunes 30 de noviembre.
- Campaña electoral: Sábado 21 de noviembre al sábado 5 de diciembre.