Rector Enrique Márquez también se pronuncia sobre elecciones en Barinas

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El rector del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Márquez, se pronunció sobre la sentencia emitida por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); al señalar que la decisión menoscaban las atribuciones del Poder Electoral.

En un mensaje publicado en su cuenta de Twitter, Márquez manifestó que en su condición de rector del CNE y principalmente como ciudadano tenía que elevar su voz sobre la reciente declaración del TSJ, dado que a su juicio pudieran comprometer la esencia del Poder Electoral.

Pudieran comprometer la esencia misma del Poder Electoral, como lo es la protección de la voluntad del soberano expresada a través del sufragio”, puntualizó Enrique Márquez.

Asimismo, aseveró la sentencia también podría salpicar el desempeño del CNE en los procesos comiciales, la dinámica electoral y la protección de la integridad del voto como instrumento fundamental de participación ciudadana.

El rector considera que todos los elementos antes mencionados son inalterables en la democracia, por lo que “no debemos permitir que esta esencia se perturbe”; tras alegar que se dañaría la génesis de la participación ciudadana.

El voto, el acto del ciudadano de sufragar, es quizás la primera de las instituciones republicanas y para realzar su valor es imprescindible la separación de poderes; como soporte de un estado de derecho y justicia social”, resaltó en uno de sus tuit.

Para finalizar, el rector Márquez agregó que el inicio del acto electoral, el desenvolviendo del proceso, el cierre de las mesas, los escrutinios; y la proclamación de los candidatos electos son funciones sagradas del Poder Electoral, “que no deben ser obstaculizadas por intromisiones ajenas al CNE”.

Este martes, el también rector del CNE Roberto Picón fijó posición sobre la sentencia del TSJ, la cual ordena realizar nuevas elecciones de gobernador en el estado Barinas, tras la inhabilitación del candidato opositor Freddy Superlano.

Picón aclaró que el CNE desconocía la condición de elegibilidad de Freddy Superlano, conforme a una resolución de la Contraloría General; con fecha del 17 de agosto del 2021.

Vale recordar, que la sentencia emitida por la Sala Electoral del TSJ surge tras admitir un recurso constitucional del opositor Adolfo Superlano; quien denunció irregularidades en la candidatura de candidato de la MUD.

 

 


 

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