En la Gaceta Oficial 42.880 de fecha 16 de mayo publicaron el decreto 4952 en el cual se establece en 9% el monto que deberán pagar las empresas al nuevo Fondo de Pensiones
También se establece que quedan exonerados del pago de esta contribución los emprendimientos que estén registrados ante el Registro de Nacional de Emprendimientos (RNE).
No obstante, el artículo 4 del decreto estima que el plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto será de un (1) año, contado a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta.
El presidente de Fedeindustria, Orlando Camacho, indicó que la aplicación de la «Ley para la Protección de las Pensiones» la cual entró en vigencia el 8 de mayo tras su publicación en Gaceta Oficial, «es transitoria», y se estima que exista mientras estén vigentes las sanciones económicas impuestas a Venezuela.
Iniciativa presidencial
Durante el acto de lanzamiento oficial de la Gran Misión Abuelos y Abuelas, el presidente Maduro promulgó la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista.
Al plasmar su firma, el jefe de Estado mencionó la responsabilidad de las pensiones compartida entre el gobierno y el sector privado y las empresas.
En ese sentido, resaltó la necesidad de que los empresarios contribuyan con un porcentaje significativo de sus ingresos al fondo de pensiones. Esto con el objetivo de asegurar así el bienestar de los abuelos y abuelas de la nación.