Dictan sentencia a exgerentes de PDVSA Aryenis Torrealba y Alfredo Chirinos

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A 5 años de prisión fueron condenados los exgerentes de Petróleos de Venezuela (PDVSA), Aryenis Torrealba y Alfredo Chirinos, por el delito de “divulgación, reserva o suministro de información”.

Esta información la compartió el Fiscal General de la República, Tarek William Saab, a través de su cuenta en la red social Twitter. Allí publicó un comunicado que expone el procedimiento jurídico y penal que se siguió en el caso.

El texto confirma que los tribunales emitieron la condena este jueves 4 de febrero de 2021, luego de la realización de 7 audiencias de juicio oral y público; en las cuales se evacuaron 21 órganos de prueba testimonial, entre funcionarios, testigos y expertos.

Asimismo, el Fiscal General aseguró que entre las evidencias más contundentes destaca “una experticia informática que practicaron a la página web PLATTS OIL, en la que hallaron la publicación de información manejada por ambos gerentes”.

Agregó Tarek William Saab que los datos en cuestión se refieren a detalles sobre los porcentajes de inventario de Fuel oil y del sistema de refinación, así como las rutas de buques que comercializaban con PDVSA.

Otros elementos de juicio

El comunicado que publicó el titular del Ministerio Público, indique que Aryenis Torrealba y Alfredo Chirinos “fugaron información sensible y confidencial de la industria petrolera”. Agregó que esas acciones facilitaron la imposición de sanciones por parte del gobierno de Estados Unidos; que han causado un importante daño patrimonial a la industria, al limitar la comercialización de sus productos a nivel internacional”.

Dijo que en total se incorporaron 35 pruebas documentales. También habla de la experticia de vaciado y extracción de la información hallada en los discos duros obtenidos durante el allanamiento practicado a su residencia.

“Con estos elementos quedó demostrada de manera fehaciente la responsabilidad de los exfuncionarios de la industria petrolera en el delito imputado; el cual está establecido en el artículo 55 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación”, reza el documento.

 

 


 

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