Tribunal de la CEDEAO reitera el secuestro del embajador Alex Saab

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Desde hace cuatro meses, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental, Cedeao-Ecowas, con sede en Abuya, Nigeria, determinó que el Gobierno de Cabo Verde arrestó ilegalmente al diplomático venezolano Alex Saab, al no existir una Alerta Roja por parte de la Interpol, lo que conllevó a la violación de sus derechos humanos.

Igualmente, el 24 de junio, este mismo tribunal volvió a confirmar la ilegalidad en la detención del embajador Saab y hasta el momento, la Corte de Apelaciones de Barlovento (TRB) no ha ordenado su liberación inmediata, luego de haberse cumplido todos los plazos de prevención y domiciliación establecidos para cada fase del proceso, manteniendo la medida de arresto domiciliario para el embajador Saab, quien es vigilado las 24 horas por la Policía Nacional y la fuerza militar de Cabo Verde.

Asimismo, desde el primero de julio de este año, culminó el lapso para que el Tribunal Constitucional se pronunciara a propósito del recurso presentado por el grupo de abogados en defensa de los derechos del embajador Saab.

En tal sentido, es necesario recordar que la Corte de Apelaciones de Barlovento “no sólo incumplió con lo que las leyes caboverdianas determinan, sino que ni siquiera respondió a la solicitud de los abogados, ignorando el plazo de cinco días que tenía para hacerlo”.

Entre tanto, la defensa de Alex Saab, quien además es enviado especial de Venezuela ante Irán, entregó, el pasado viernes, una nueva solicitud al TRB donde resaltan que “las medidas de coacción, incluida la obligación de permanecer en casa y la prohibición de contactos con determinadas personas, aplicadas al solicitante, cesan automáticamente tras la expiración del plazo máximo en el TC para la decisión, según lo dispuesto en los artículos 279.1 y 314.1 del Código de Procedimiento Penal”.

Por último, reiteró también la defensa del embajador Saab que “no hay ninguna razón para mantener la detención bajo arresto domiciliario, habiéndose agotado todas las líneas de cada fase del procedimiento, así como el plazo máximo para la duración del proceso de extradición. De hecho, el solicitante ha estado detenido durante más de doce meses sin ningún cambio objetivo en las condiciones de detención”.


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