Si la oposición gana el 6D ¿quién asume las riendas de Venezuela?

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El presidente Nicolás Maduro ratificó cuáles serían los pasos a seguir y quién tomaría las riendas si llegase renunciar, en caso de que la derecha gane las elecciones del 6D. Así lo indicó durante un encuentro con representantes de medios de comunicación, en el Palacio de Miraflores.

No obstante, aclaró que es la vía electoral la única posibilidad que existe para que ciudadanos y ciudadanas decidan sobre el destino de la Patria. Asimismo, negó cualquier posibilidad de que se produzca un cambio de régimen a través de métodos violentos.

“Por las malas nos encontrarían aquí con el puño apretado. Por las buenas, nos vamos; le tocaría a Delcy (Rodríguez, vicepresidenta ejecutiva) asumir la presidencia por 30 días y convocar a elecciones nuevamente y el pueblo elegiría”, expresó.

Maduro afirmó, por tal motivo, que ese escenario constituye una opción, como parte de las ofertas democráticas que admite el sistema venezolano. Nosotros hemos llegado aquí por votos y solo por votos saldremos, agregó.

Plena confianza en el pueblo

El presidente Nicolás Maduro Moros colocó nuevamente toda la confianza en el pueblo de Venezuela, con énfasis en el liderazgo de los barrios, comprendido en 80% por mujeres, según expresó.

“A ustedes mujeres, les dejo el destino, si sigo aquí para protegerles a ustedes o no sigo aquí. Si me tuviera que ir es por el voto, no por golpe de Estado”, manifestó.

De igual manera, añadió que los más útil para los ciudadanos es salir a votar, decidir por la vía pacífica, por lo que insistió en el llamado al electorado para que acuda el domingo 6 de diciembre a ejercer su derecho a sufragar.

Ratificó su compromiso de entregar la presidencia de la República y dejar el Palacio de Miraflores, si la oposición saca un voto más en las elecciones parlamentarias.

De acuerdo al artículo 233 de la Carta Magna, la renuncia constituye una falta absoluta del presidente; en cuyo caso las riendas de la nación pasan a manos del vicepresidente o vicepresidenta ejecutiva de la República.

“Si la falta absoluta del presidente o la presidenta de la República se produce durante los primeros 4 años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los 30 días consecutivos siguientes”, contempla la norma.

 

 


 

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