¿Quién elige al Poder Electoral en Venezuela?

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Según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la designación de los integrantes del Poder Electoral del país es facultad de la Asamblea Nacional. Sin embargo, en momentos excepcionales como el que vive ahora el país, esta competencia es asumida por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

La potestad está en manos del máximo tribunal debido a la sentencia N° 02 del 11 de enero 2017 mediante la cual se declara en desacato a la actual Asamblea Nacional por la nulidad en las elecciones de 3 parlamentarios indígenas del estado Amazonas y el posterior incumplimiento de este órgano a la orden emanada del TSJ de desincorporarlos del Poder Legislativo.

En el artículo 336 la Constitución nacional establece que la sala Constitucional del TSJ tiene entre sus atribuciones “declarar la inconstitucionalidad de las omisiones del Poder Legislativo municipal, estadal o nacional cuando haya dejado de dictar las normas o medidas indispensables para garantizar el cumplimiento de esta Constitución, o las haya dictado en forma incompleta; y establecer el plazo y, de ser necesario, los lineamientos de su corrección”.

En tal sentido, bajo el principio de equilibrio de poderes se establece que el Poder Judicial, asume las funciones del órgano legislativo por lo que actualmente le correspondería la elección del Consejo Nacional Electoral (CNE).

La renovación del CNE ha sido uno de los aspectos en los que se ha avanzado desde la mesa de diálogo entre gobierno y oposición, razón por la cual este sector ha agilizado los procedimientos ante el tribunal para concretar las elecciones.

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