Para el constituyente y especialista en derecho constitucional Hermann Escarrá la designación de las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) por parte del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) está apegada a la carta magna, que en su artículo 336, numeral 7 establece las condiciones para aclarar las omisiones legislativas y acatar el ordenamiento jurídico.
«El constituyente de 1999 previó los desacuerdos dentro del parlamento y por eso cuando las dos terceras partes no están de acuerdo con la propuestas, la sala constitucional del TSJ debe atender las decisiones necesarias», contó el presidente de la Comisión Constitucional de la Asamblea Nacional Constituyente.
No es la primera vez que el TSJ debe nombrar rectores del CNE pues en los años 2003, 2005, 2014 y 2016 debió cumplir con el texto de la Constitución para garantizar el desarrollo del Poder Electoral, que ha realizado 25 elecciones en los últimos 21 años.
«Indira (Alfonzo) es una gran profesional, con mucha experiencia. Al igual que Tania D’Amelio y Gladys Gutiérrez, son tres mujeres de estado y con mucha capacidad», apuntó Escarrá.
El experto en materia de interpretación constitucional dijo que «el lapso prudente para realizar elecciones es de 6 meses para organizar el cronograma. Además las parlamentarias son elecciones muy complejas», analizó el constituyente.
Es importante destacar que el TSJ le dio continuidad al trabajo de la comisión preliminar y el comité de postulaciones conformados desde la Asamblea Nacional para elegir entre los preseleccionados a los integrantes de la nueva junta directiva del CNE, que se instaló este lunes con total éxito.