Jorge Glas recuperó su libertad tras la aceptación de un Hábeas Corpus

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En Ecuador, el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de Libertad (SNAI) anunció que acata la resolución de la justicia de conceder una acción de hábeas corpus a Jorge Glas.

Sonia Vera, abogada internacional de su defensa, explicó que la resolución “pone en cumplimiento el artículo 426 de la Constitución, que ordena que los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de inmediato cumplimiento”.

A continuación el comunicado íntegro

Hoy, 10 de abril, el exvicepresidente de Ecuador Jorge Glas recupera su libertad tras la resolución positiva de un Hábeas Corpus presentado por Nicole Raquel Malavé Illescas, una militante de Santa Elena, lo que supone todo un hito en la defensa internacional de los Derechos Humanos y en la lucha contra el Lawfare. La República de Ecuador, a través de la Secretaría de Comunicación, ya ha mostrado su voluntad de apelar la decisión del Juez.
Con esta resolución, el juez constitucional está aplicando la Constitución de la República del Ecuador, tal y como destaca Sonia Vera, abogada internacional del equipo de defensa de Jorge Glas: “Este Hábeas Corpus pone en cumplimiento el artículo 426 de la Constitución, que ordena que los derechos consagrados en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de inmediato cumplimiento y aplicación”. Vera incide en la importancia de esta medida, “pues pone en cumplimiento derechos fundamentales que ordena la Justicia internacional”, tal y como ordena también la Opinión 39/2021 del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas del 9 de septiembre del 2021, que urge al Gobierno del Ecuador “tomar acciones inmediatas para resguardar la seguridad jurídica y el bienestar del Sr. Glas Espinel, incluyendo el otorgamiento de medidas alternativas a la detención, incluyendo la liberación anticipada u otras medidas no privativas de libertad”.
Por su parte, la abogada Dounia Alamat, miembro del equipo internacional que desde este mes de enero se ha movilizado en contra del Lawfare en Ecuador bajo la dirección del abogado internacional belga Christophe Marchand, destaca que se trata de “una gran noticia ya que Jorge es la primera víctima de la Revolución Ciudadana bajo el LawFare, y se suma al resto de alertas rojas que han sido negadas por la interpol y cuya cifra no se sabe con exactitud a pesar de la insistencia de Ecuador”.
En estos procesos se han puesto en evidencia en varias ocasiones las violaciones al debido proceso que, a su vez, demuestran la persecución que se evidencia en la prohibición de los derechos políticos.
Jorge Glas cumple condena privativa de libertad de 8 años por tres sentencias condenatorias impuestas por la Fiscalía General del Estado y debió salir en prelibertad hace un año y tres meses.
Resolución positiva del Hábeas Corpus
Una de los principales argumentos que han dado lugar a la resolución positiva del Hábeas Corpus es el estado de salud de Glas, demostrado por los médicos del Ministerio de Salud Pública y de organismos internacionales.
En palabras de su equipo de Defensa, “las recomendaciones de los responsables sanitarios inciden en la necesidad de retirar su entorno carcelario por considerarse la causa más importante de sus complicaciones de salud mental, física, inmunológica y funcional”, además de considerar la prisión “un inminente deterioro vital con alto riesgo de cuadros psicóticos (…) Los trastornos psiquiátricos del paciente son muy graves y es imposible, en sus condiciones de vida actuales, darle un tratamiento con perspectiva de éxito”.
A todo ello se debe sumar, según indica la demanda, “los actos delictuales que se han cometido en contra de personas cercanas al beneficiario (el hermano de Jorge Glas fue secuestrado y el abogado de Jorfe Glas en Ecuador fue asesinado), hechos que también tienen incidencia en su salud mental”. Es relevante, asimismo, las condiciones en las que se encuentran en la cárceles ecuatorianas, tal y como ha destacado la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) en varias ocasiones.
Estos y otros argumentos demuestran, tal y como expresa la demanda de Hábeas Corpus, que se han vulnerado vario Derechos fundamentales de Glas, como el Derecho a la vida, el derecho a la integridad física y el derecho de acceso a beneficios penitenciarios, pues ya hace un año y tres meses que debió de otorgársele su fase de prelibertad.

 

 

Para más información:
Oficina de prensa del despacho de abogados belga Ius Cogens
Marta Turiño – [email protected]


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