El Papa Francisco aprobó una reforma penal al Código de Derecho Canónico, que entrará en vigencia el 8 de diciembre de 2021. Una de las modificaciones más notorias es la inclusión de un artículo que establece a la pedofilia como un delito. El artículo está descrito en el título VI del Nuevo Libro VI del Código de Derecho Canónico; llamado «De los delitos contra la vida, la dignidad y la libertad del hombre».
El Papa Francisco reformó el Código de Derecho Canónico para determinar con mayor claridad las sanciones del derecho penal y buscar remediar el daño y el escándalo causado. https://t.co/C7Vzc0frmc
— ACI Prensa (@aciprensa) June 1, 2021
Reconocimiento del crimen
Con la aprobación de este nuevo artículo El Vaticano reconoce a la pedofilia como un crimen; y tipifica las acciones por las cuales un sacerdote o religioso podrá ser castigado de llegar a cometerlas.
El Can. 1398 del Nuevo Libro VI del Código de Derecho Canónico señala que: «sea castigado con la privación del oficio y con otras justas penas, sin excluir, si el caso lo requiriese, la expulsión del estado clerical, el clérigo: que comete un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo (No cometerás actos impuros) con un menor o con persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón o a la que el derecho reconoce igual tutela».
También será castigado el clérigo «que recluta o induce a un menor, o a una persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón, o a la que el derecho reconoce igual tutela, para que se exponga pornográficamente o para participar a exhibiciones pornográficas, tanto verdaderas como simuladas; y que inmoralmente adquiere, conserva, exhibe o divulga, en cualquier forma y con cualquier instrumento, imágenes pornográficas de menores o de personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón».
Además indica que el miembro de un instituto de vida consagrada o de una sociedad de vida apostólica, y cualquier fiel que goce de una dignidad o ejercite un oficio o una función en la Iglesia; si comete uno de estos delitos, sea castigado según el c. 1336, §§ 2-4, y con el añadido de otras penas en proporción a la gravedad del delito.
Pedofilia: ¿Hay equilibrio entre el crimen y el castigo?
El crimen incluido en el Código de Derecho Canónico, con las estipulaciones antes nombradas será castigado por la iglesia según lo establecido en el c.1336 §§ 2-4 del mismo Libro VI, las cuales rezan:
«Además de otras que pudiera establecer la ley, las penas expiatorias, susceptibles de afectar al delincuente perpetuamente o por un tiempo determinado o indeterminado. § 2. El mandato: 1.º de residir en un determinado lugar o territorio. 2.º de pagar una multa pecuniaria o suma monetaria para los fines de la Iglesia, según las normas determinadas por la Conferencia Episcopal».
También sería castigado con «§ 4. La privación: 1.º de todos o de determinados oficios, cargos, ministerios o funciones, o de algunas concretas actividades inherentes a los oficios o a los cargos; 2.º de la facultad de oír confesiones o de la facultad de predicar; 3.º de la potestad de régimen delegada; 4.º de algún derecho o privilegio o de distintivos o de título; 5.º de la totalidad o de una parte de la remuneración eclesiástica, según las normas establecidas por la Conferencia Episcopal; quedando a salvo lo prescrito en el can. 1350, § 1».
La Iglesia Católica no deja totalmente claro como esta reforma castigaría legalmente a los perpetradores de abusos sexuales contra menores; ni de qué forma o manera se gestionaría su indemnización.
En junio de 2013 el Papa Francisco creó una comisión con la participación de 8 Cardenales para enfrentar la pedofilia y ayudar a las víctimas de abusos sexuales y a sus familiares. Esto a raíz de la petición en 2011 del Papa Benedicto XVI, quien ordenó a los obispos a denunciar a los miembros del clero acusados de pedofilia; tras una serie de escándalos en Irlanda, Estados Unidos, México y otros países.
Abusos en cifras
En 2004, la Conferencia de Obispos Católicos Estadounidenses (USCCB) publicó una investigación sobre el abuso sexual de menores de edad por parte de sacerdotes y diáconos católicos en Estados Unidos. Esta demostró que entre 1950 y 2002, 4.392 sacerdotes fueron acusados por abuso sexual de menores de edad.
En Australia 1.880 sacerdotes fueron denunciados en 2017. Además, entre 1980 y 2015, se recibieron 4.444 denuncias de abuso sexual de menores por parte del clérigo. 78% de los denunciantes eran varones con una edad promedio de 11 años al momento de sufrir el abuso sexual. Según un informe de la Australian Royal Commission into Institutional Responses to Child Sexual Abuse.
En Alemania la Conferencia de Obispos Católicos reportó en 2018; que entre 1946 y 2014 existieron «por lo menos» 3.677 casos de abuso sexual de niños en manos del clérigo.
Otros países que también realizaron denuncias formales sobre abuso sexual y pedofilia por parte de miembros de la Iglesia Católica fueron; Holanda, Polonia, México, Irlanda y Chile.
Vaticano y expedientes de Abuso
En 2019 el arzobispo de Múnich, Reinhard Marx, denunció que los expedientes sobre los abusos sexuales del clero habían «sido destruidos o ni tan solo abiertos».
Además sentenció que «en lugar de los culpables, quienes han recibido reprimendas han sido las víctimas, a las que ha sido impuesto el silencio».