Mendoza invierte pago de trabajadores de Polar en publicidad neoyorquina

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Mientras Lorenzo Mendoza, dueño de empresas Polar, pagó más de 1 millón de dólares en una publicidad del Times Square en Nueva York, y monta un show en pleno centro de Manhattan, trabajadores despedidos de la corporación exigen respeto a sus derechos laborales tras ser desplazados sin justificación.

La empresa denunciada por especulación debido a los exorbitantes precios de sus productos, habría violado el decreto N° 4.167, expresado en Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.520 del 23 de marzo de 2020; cuando el Ejecutivo venezolano decretó inamovilidad laboral tras la llegada del covid-19 a Venezuela. Esto a fin de garantizar que los venezolanos mantuviera su ingreso salarial mensual.

En este sentido, mediante la cuenta oficial de Instagram del Sindicato Nacional de los Trabajadores y Trabajadoras de Polar, instaron a los obreros de estas empresas a escala nacional, a exigir un pronunciamiento oficial de la corporación sobre los despidos masivos.

Trabajadores exigen su derecho

Así reza la invitación íntegra del movimiento sindical: «Se convoca a los trabajadores  y trabajadoras de Empresas Polar despedidos actualmente; para que nos acompañen este jueves 28 de enero del 2021 10 am a la entrega de un informe al Tribunal Supremo de Justicia en la ciudad de Caracas. Solicitaremos el pronunciamiento sobre los desacatos de empresas Polar a las sentencias ganadas en los amparos constitucionales».

De igual manera, solicitan a las instancias correspondientes, la revisión constitucional que se encuentran pendiente. «Además nos dirigiremos a la Asamblea Nacional donde haremos entrega de un informe; para solicitar a los diputados, la interpelación de este empresario (Mendoza) por incurrir en la violación del decreto de Inamovilidad Laboral, la violación a la Ley Orgánica del Trabajo; a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela . Y por atentar contra los derechos humanos del pueblo trabajador».

Inamovilidad laboral

El decreto N° 4.414; que se publicó en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.611 del pasado 30 de diciembre, establece que «las trabajadoras y trabajadores amparados por este Decreto no podrán ser despedidos, desmejorados o trasladados sin justa causa calificada previamente por el Inspector o Inspectora del Trabajo de la jurisdicción».

En este decreto, se ratificó la inamovilidad laboral a favor de los trabajadores del sector privado y público regidos por la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. El mismo garantiza que las empresas y entes público no pueden despedir ni desmejorar los beneficios de los trabajadores hasta el 31 de diciembre de 2022.

 


 

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