Intentos de anular inhabilitación de Machado fracasaron

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Los intentos por anular la inhabilitación para ejercer cargos públicos a María Corina Machado, impuesta por la Contraloría General de la República (CGR), han fracasado. Hasta la fecha son 3 los recursos estudiados y desechados por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). 

La primera acción contra la inhabilitación la introdujo, el pasado 3 de julio, Juan Ramón León Villanueva, presidente de la fundación de igual nombre, quien planteó una «acción popular por inconstitucionalidad de la resolución dictada por la CGR el 13 de julio de 2015, mediante la cual se sancionó con inhabilitación política a Machado».

Al mismo tiempo, León Villanueva invocó la protección de los «derechos e intereses colectivos y difusos de los venezolanos, dentro o fuera de nuestro territorio, con edad de votar, en las primarias y presidenciales de 2024″.

En respuesta a la solicitud de León Villanueva, el TSJ explicó que es «inadmisible», alegando que son 2 cuestiones distintas por lo tanto no se pueden resolver en un solo acto. «El asunto planteado se encuentra incurso en una inepta acumulación, ya que las pretensiones planteadas corresponden a tribunales distintos. Además, se sustancia por procedimientos incompatibles», detalló el ente.

En este sentido, los magistrados reiteraron en la sentencia 1.451, que ambas pretensiones no podían resolverse en una sola acción por la Sala Constitucional, ya que lo prohibe el artículo 98 de la Ley Orgánica del TSJ.

Demanda por derechos colectivos 

Siete días después de la primera acción, específicamente el 10 de julio, el abogado Otoniel Pautt Andrade consignó ante la Sala Constitucional una demanda de derechos colectivos «contra la inhabilitación administrativa de Machado».

En esa oportunidad, los magistrados le respondieron que no están en juego tales derechos porque la demanda versa sobre «la individual inhabilitación de una determinada ciudadana para el ejercicio de cargos públicos», por esta razón la declararon inadmisible.

Además, explicaron que es la persona sancionada, en este caso María Corina Machado, quien «puede cuestionar el contenido del acto, ya sea en su proceso de formación o en su resolución como tal», detalla la sentencia 1.243 publicada el 14 de agosto pasado.

Revisión de la decisión 

Asimismo, la Sala Constitucional respondió al recurso interpuesto por Alexis José Coronel Roche y Miguel Antonio Prieto Narváez, quienes, asistidos por el abogado Wuilman Antonio Molina Romero, solicitaron la revisión de la decisión dictada por la CGR.

En la demanda, Coronel y Prieto aseguraron que no cabe la inhabilitación a Machado por no ser funcionario público. Sin embargo, los magistrados declararon el recurso «improponible» porque la decisión de la CGR no entra dentro de la potestad que le asigna la Constitución a la Sala Constitucional para ejercer su función revisora.

«Se hace evidente que esta Sala sólo puede ejercer la potestad extraordinaria y discrecional de revisión sobre decisiones judiciales definitivamente firmes como actos jurisdiccionales definitivos y firmes y no sobre otros tipos de actos jurídicos», según la sentencia 1.244 publicada el pasado 14 de agosto.

Por último, es importante destacar que a pesar de su inhabilitación Machado participó en las elecciones primarias del pasado 22 de octubre, burlando no solo la sentencia de la CGR, sino también el acuerdo parcial firmado con la Plataforma Unitaria, donde se ratificó que no se levantarán las inhabilitaciones políticas contra los candidatos.

«Si el candidato recibió una inhabilitación administrativa por el órgano al que le corresponde desde el punto de vista constitucional y legal, que es la CGR, pues tampoco puede ser candidato», explicó el delegado del Gobierno nacional en las negociaciones con la oposición y presidente de la Asamblea Nacional (AN), Jorge Rodríguez.

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