El voto es un medio, no un fin | Por: Luis Britto García

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La reciente convocatoria a elecciones propicia advertencias indispensables. Ante la multiplicación de reuniones con fines más o menos difusos que existía antes de la cuarentena, concluí que para el mortal común y corriente una reunión sólo tiene sentido si logra  un objetivo, mientras que para el político, la reunión es el objetivo. O sea,  para el elector  la elección es el medio, para el político, el fin. Al político le interesa el candidato, es decir, él mismo; al elector, el programa, o sea, el resultado. Esta diferencia crea distancias que abren abismos.

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En virtud del Pacto de Punto Fijo, que estableció como principios el programa único y la limitación  del debate electoral al tema de planchas y candidaturas, desde 1958  los planes de gobierno del bipartidismo se parecían tanto que el debate debía centrarse sobre las personas. Gracias a la magia de los asesores estadounidenses Joe Napolitan y David Garth la contienda política  se transformó en torneo de atributos personales parecido al de la elección de las misses. Vale decir, el pueblo elegía el mariachi, pero no  la canción.

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Una controversia en la que estaba prohibido discutir sobre lo esencial, la propiedad de los medios de producción y la distribución del producto del trabajo social, debía  versar sobre cuestiones irrelevantes. Tuvimos así durante medio siglo debates conceptuales tan profundos como el que en 1958 enfrentaba las consignas “Contra el miedo” a “Tu problema es mi problema”;  en 1963 “Vota negro” a “Caldera el mejor”,  en 1968 “Cien mil casitas por año” a “Gonzalo un gran Presidente”;  en 1973 “Democracia con energía” a “Lorenzo, un Presidente amigo”; en 1978 “Luis Herrera arregla esto” a “Piñerúa, correcto”, en 1983 “Lu(sí)nchi Presidente” a “Venezuela entera necesita a Caldera”; en 1988 “El Gocho para el 88” a “El Tigre”. Así desperdició el bipartidismo medio siglo de poder sin invitar al pueblo a participar, hasta que éste decidió participar sin invitación.

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La irrupción del bolivarianismo abrió la esperanza de una política en que las elecciones fueran un medio y no un fin, con sus limitaciones.  Desde 1998, el socialismo bolivariano cuenta con más consultas electorales triunfantes que años de gobierno. Dos décadas de mayorías electorales determinantes comportaron trascendentes mejoras sociales y una Asamblea Nacional y una Constituyente cien por ciento socialistas,  que sin embargo no culminaron  la apropiación social integral de los medios de producción ni destruyeron el capitalismo. Por el contrario, dejaron escapar aberraciones inexplicables: una sentencia del TSJ que declaraba que Venezuela se acogía al principio de “soberanía relativa”. Una Ley Orgánica de la Hacienda Pública Estadal que permitía privatizar ríos, lagos y lagunas (que afortunadamente Hugo Chávez Frías vetó). Una Ley de Promoción y Protección de Inversiones Extranjeras de 2018 que permite que tribunales foráneos anulen las sentencias del TSJ, que las transnacionales se inmunicen contra las alzas de impuestos y que gocen de exoneraciones tributarias, asignaciones preferentes de recursos e incluso de aportes de capital  no extensivos a las empresas nacionales. Como si se quisiera resucitar el principio bipartidista de que una cosa piensa el elector y otra el que cosecha su voto.

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Para evitar desviaciones de la brújula programática  como las indicadas, es preciso recordar pero sobre todo aplicar  disposiciones de la Ley de Partidos Políticos de diciembre de 2010 que no tienen desperdicio: Artículo 26. Todo ciudadano electo o ciudadana electa por voluntad popular, de conformidad con la Constitución de la República y las leyes, está sujeto o sujeta al compromiso electoral plasmado en el programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral al momento de inscribir su candidatura. Artículo 28. Constituye fraude a los electores y electoras, por parte de quienes resulten electos como diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, toda conducta reiterada que, en el desempeño de las funciones parlamentarias, se aparte de las orientaciones y posiciones políticas presentadas en el programa de gestión como oferta electoral. Artículo 29. Se considerarán conductas fraudulentas al electorado, las siguientes: 1. Votar en contra de los postulados del programa de gestión presentado a los electores y electoras, en términos de su contenido programático y su orientación político-ideológica. 2. Hacer causa común con contenidos y posiciones políticas contrarias a la oferta del programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral, y presentada a los electores y electoras durante la campaña electoral. 3. Hacer causa común con fuerzas políticas contrarias a los movimientos sociales u organizaciones políticas que respaldaron el programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral. (…).Artículo 30. Todo fraude a los electores y electoras con base a lo señalado en los artículos precedentes, podrá conllevar a la suspensión o inhabilitación parcial o total del diputado o diputada, previa solicitud de los ciudadanos y ciudadanas en un número no menor del cero coma uno por ciento (0,1%) del total de inscritos en el registro electoral correspondiente a la entidad federal, o de la circunscripción electoral donde haya sido electo el diputado o electa la diputada. La solicitud deberá acompañarse de una exposición de motivos donde se expongan los argumentos que la soportan. La Asamblea Nacional someterá a consideración de la plenaria, la solicitud de suspensión o inhabilitación presentada y se decidirá por mayoría de los diputados y diputadas presentes en la sesión en la cual sea considerada la solicitud”.

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Vale decir, un programa no es  saludo a la bandera,  sarta de incoherencias,  colección de adjetivos  ni  maquillaje aplicado entre asesores de imagen. Es compromiso ético y jurídico formulado como plan de acciones concretas, y su incumplimiento, el verdadero fraude electoral. Sólo el fin programático justifica los medios.

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