ANC aprueba garantía de participación de partidos políticos en procesos electorales

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Este 17 de junio, en sesión de la Asamblea Nacional Constituyente se aprobó un acuerdo para que se desaplique el decreto constituyente para la participación en los procesos electorales establecidos en la ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, solicitado por el constituyente Francisco Ameliach.

El decreto publicado en gaceta número 41.308 de fecha 27 de diciembre de 2017 «no era otra cosa sino que se aplicara lo establecido en la ley de partidos políticos, reuniones públicas y manifestaciones» que busca facilitar la inscripción de candidaturas parlamentarias de cara a los comicios para el periodo 2021-2025.

Ameliach explicó al pueblo venezolano que la ANC propone que se desaplique el parágrafo único del artículo 25 de la ley de partidos políticos, que dice «que aquellos partidos políticos que no tuvieron el 1 por ciento de los votos válidos, tienen que renovar su nómina para legalizar«.

 

Asimismo, indicó que en pro de la mayor participación y para que todos los partidos participen «estamos pidiendo que tomen el 0.5 por ciento que legalmente se exige para registrar el partido nacional».

Agregó que otra norma, especifica que «el literal c del artículo 32, aquello que dice que un partido nacional que en dos procesos (electorales) constitucionales seguidos no participe queda cancelada su participación«.

Igualmente recalcó que esto no es capricho «no es Nicolás Maduro, es que la oposición venezolana, la derecha venezolana, desde 2001, está en desacato de la Constitución y las leyes. No cumplen con las leyes». Por el contrario, afirmó que Venezuela posee leyes muy flexibles si son comparamos con las leyes electorales de Latinoamerica.

Caso Ecuador

Ejemplo de ello mencionó a Ecuador, que «exige a un partido para registrarse 1.5 por cierto de los electores registrados. Ecuador exige que el partido que no saque el 4 por ciento de los votos válidos queda clausurado». Esto quiere decir que el «4 por ciento son 800 mil votos. Enumere un partido que obtenga 800 mil votos en una elección nacional».

Incluso se refirió a que en Ecuador, el partido nacional que participe en unas elecciones municipales, y no saque el 8 por ciento de los alcades, queda clausurado y debe renovarse de nuevo.

Cumplimiento estricto de la Constitución

Antes de concluir su intervención, exhortó al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que aplique el artículo 34 de la Ley de Partidos Políticos acciones contundentes contra organizaciones que no respetan la Constitución y las leyes de la nación suramericana.

«Invocando los poderes supraconstitucionales que esta misma Constitución le otorga a la ANC, para pedirle y exigirle al TSJ se cumpla estrictamente lo establecido en el artículo 34 de la ley de Partidos Políticos, reuniones públicas y manifestaciones».

Acotó que «El TSJ, la instancia del poder ejecutivo nacional, conocerá y decidirá, sobre la disolución y el partido político que de manera sistemática propugne o desarrolle actividades contra el orden constitucional».

Ante este hecho, Ameliach dijo: «ya basta compatriotas, ya basta, así como damos perrogativa para la participación política, el estado tiene que ser fuerte con aquellas organizaciones políticas, que atentan contra la Constitución, contra la paz y la soberanía de la Patria».


 

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