Admiten demanda contra presidente de Ecuador por violencia de género

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El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) de Ecuador admitió la demanda contra el presidente Daniel Noboa por presunta violencia política de género, presentada el 8 de agosto por la vicepresidenta, Verónica Abad.

La demanda contra Noboa la admitió el juez electoral Fernando Muñoz, quien dictaminó convocar al presidente ecuatoriano y a la vicepresidenta a una audiencia única de pruebas y alegatos para el 12 de septiembre en la sala de audiencias del TCE en Quito.

Aunado a esto, El TCE está a la espera de una denuncia contra Abad por una supuesta infracción electoral que podría inhabilitarla de asumir la presidencia cuando Noboa pida licencia para hacer campaña por la reelección.

Se prevé que durante esta audiencia tanto Abad como Noboa presenten las pruebas y sus argumentos.

Además de Noboa, en la demanda de la vicepresidenta también se incluye al viceministro de Gobierno (Esteban Torres), a la ministra de Exteriores (Gabriela Sommerfeld) y a la asesora presidencial (Diana Jácome).

Abad y Noboa se distanciaron desde antes de tomar posesión en noviembre del año pasado, tras ganar la presidencia, pero no están claros los motivos que condujeron a esta situación.

Uno de los primeros decretos de Noboa, tras asumir la presidencia, fue designar a Abad como “embajadora de la paz” en Israel, en una misión diplomática inédita para Ecuador.

La vicepresidenta ha calificado esta misión como “inútil” porque Ecuador no tiene un papel significativo en el conflicto entre Israel y Palestina.

Esa medida marcó el inicio de una serie de medidas y declaraciones por parte de la vicepresidenta, quien asegura que vulneran sus derechos y buscan presionarla para que abandone el cargo y no asuma la Presidencia de Ecuador cuando Noboa se postule para la reelección, lo que se traduce como violencia política de género.

La violencia política de género es considerada una infracción electoral “muy grave” en la legislación ecuatoriana y se sanciona con multa, destitución o suspensión de los derechos de participación política por hasta cuatro años.

 

 


 

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