Este martes, se conoció que la presidenta de Perú, Dina Boluarte, tras más de 100 días de silencio, ofreció una conferencia de prensa en la que destacó el anuncio de nuevas medidas en Migraciones, específicamente dirigidas a los ciudadanos venezolanos.
Entre ellas se exigirá la presentación del contrato de trabajo y el contrato de alquiler como parte de un «reajuste» de Migraciones ya que responsabilizó solo a los migrantes venezolanos, de la criminalidad que afecta a su país por el aumento de la inseguridad ciudadana.
En una rueda de prensa, la mandataria peruana explicó que, según ella, son los migrantes los que “lamentablemente están cometiendo” actos de delincuencia que aumentan la criminalidad en Perú.
“Ustedes mismos son los que transmiten todos los días (…) que quienes cometen a diario asaltos, robos y demás actos delincuenciales son extranjeros. Por eso es que tenemos que reformular la ley de extranjería, ver este tema de la migración. Han entrado 800 mil venezolanos, otros tantos haitianos y son los que están lamentablemente cometiendo estos actos”, dijo Boluarte en una rueda de prensa.
Disposiciones:
Según el documento que reúne las nuevas medidas migratorias, es obligación de los establecimientos de hospedaje cumplir con las siguientes disposiciones:
- Exigir la presentación de los documentos de viaje o identidad según corresponda para acreditar la identidad de la persona extranjera que solicita el servicio de hospedaje.
- Inscribir en el Registro de Huéspedes a la persona extranjera, consignando, además de la información regulada por la autoridad competente, el tipo y número de documento de viaje o identidad.
- Permitir a MIGRACIONES el acceso a la información del Registro de Huéspedes de personas extranjeras para que efectúe labores de fiscalización y verificación migratorias.
- Trasmitir a MIGRACIONES, al momento del registro, a través de la plataforma u otros medios, la nacionalidad, fecha de nacimiento, sexo, nombres y apellidos completos del huésped extranjero, así como, fecha de ingreso y probable salida del hospedaje; y, tipo y número de documento de identidad o de viaje.
En cuanto a los arrendadores, el decreto supremo también establece normas que deben seguir de manera obligatoria:
- El arrendador debe exigir la presentación de los documentos de viaje o identidad según corresponda para acreditar la identidad con quien suscriba contrato de arrendamiento y de otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble.
- Es obligación de los arrendadores acatar las disposiciones técnicas sobre los medios que disponga MIGRACIONES para el traslado de información.
- Asimismo, la norma establece multas para las personas jurídicas que no cumplan con las disposiciones, que van desde 1 Unidad impositiva tributaria (UIT) hasta 2 (UIT)